La exministra Magdalena Álvarez presta declaración ante la juez Alaya
La juez Mercedes Alaya, que investiga la presunta administración fraudulenta de la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, traducida en ayudas arbitrarias y expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, tiene previsto tomar este martes declaración, a las 10,00 horas y en calidad de imputada, a la exconsejera andaluza de Economía y Hacienda y exministra de Fomento Magdalena Álvarez. La exconsejera goza del correspondiente derecho constitucional a no declarar, si bien fuentes cercanas a ella han manifestado a Europa Press que Magdalena Álvarez ha decidido declarar ante la juez.
Fue a comienzos del pasado mes de julio cuando la juez Alaya emitió un auto en el que anunciaba un "paso cualitativo" en la instrucción del caso con la imputación de 20 cargos y ex altos cargos de la Junta de Andalucía.
En aquel auto figuraba la imputación del entonces viceconsejero de Presidencia y director general de Presupuestos entre 2002 y 2009, Antonio Vicente Lozano Peña, del ex interventor general de la Junta de Andalucía Manuel Gómez Martínez, o los exviceconsejeros de Economía y Hacienda, José Salgueiro; de Innovación, Ciencia y Empresa, Jesús María Rodríguez y Gonzalo Suárez; y de Empleo, Justo Mañas.
Pero sobre todo, entre las imputaciones destacaba la de la consejera de Economía y Hacienda entre 1994 y 2004, exministra de Fomento y actual vicepresidenta del Banco Europeo de Inversiones (BEI), Magdalena Álvarez.
LAS TRANSFERENCIAS DE FINANCIACIÓN
Señalando el "procedimiento específico" gracias al cual el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), ahora convertido en la agencia IDEA, gozaba de transferencias de financiación para librar las ayudas investigadas, la juez se remitía a un informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas para destacar que resulta "claro que la utilización vía modificación presupuestaria o a través de los presupuestos de la comunidad autónoma, de las transferencias de financiación para el pago de tales ayudas sociolaborales, habría permitido la concesión de subvenciones al margen de su normativa reguladora, en la que se requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención".
"Ha llegado el momento de dar un paso cualitativo (...) y determinar la participación en los hechos investigados de otras personas" que, "en la ejecución de sus respectivas competencias, habrían permitido este uso indebido de las transferencias de financiación, con las consecuencias del dispendio continuado de fondos públicos que indiciariamente se ha venido observando a lo largo de la presente instrucción", señalaba la juez en aquel auto. Y es que las subvenciones investigadas habrían carecido del correspondiente proceso de fiscalización e incluso de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
EL PAPEL DE MAGDALENA ÁLVAREZ
Mencionando expresamente a Magdalena Álvarez, detalla la juez que se trata de "la persona que dictó las normas en las que se recogía el concepto presupuestario de las transferencias de financiación a través de la orden de fecha 4 de junio de 2003", no obstante lo cual "la transferencia de financiación venía utilizándose para el pago de ayudas sociolaborales desde 1999 a 2001.
La juez recuerda que, conforme a la Ley, "corresponde al consejero de Hacienda velar por la ejecución del presupuesto y por los derechos económicos de la hacienda de la comunidad, ejerciendo las acciones económico-administrativas y cualquiera otras que la defensa de tales derechos exijan, con respeto absoluto a los principios de legalidad y eficacia", motivos por los que imputaba tanto a Álvarez como a su viceconsejero, José Salgueiro.
A juicio de la juez, ambos tendrían "una importante intervención en las referidas modificaciones presupuestarias y en los presupuestos de la comunidad autónoma, donde se mantendría durante muchos años las transferencias de financiación como crédito presupuestario para el pago de las subvenciones sociolaborales del programa 31L".
LAS TRANSFERENCIAS DE FINANCIACIÓN
En el recurso elevado a la Audiencia Provincial en un intento de que fuese revocado dicho auto de imputación, la defensa de la exconsejera consideraba "vulnerado" su derecho a la tutela judicial efectiva "por manifiesta falta de concreción tanto de los hechos como de los delitos en que se basa la imputación", pues la imputación no habría sido acompañada de "la exigible argumentación fáctica y jurídica que permita conocer los términos en que tal imputación se sostiene".
En cuanto a las transferencias de financiación, sostenía este recurso que "no puede asignarse carácter delictivo a la utilización 'per se' de dicha figura presupuestaria como vehículo de financiación de un programa de ayudas sociolaborales", ya que "por más que pueda resultar controvertida la naturaleza o finalidad de las transferencias de financiación, constituiría un error categorial derivar de tal ausencia de clarificación conceptual una ilicitud jurídico-penal, convirtiendo lo que no es sino una discusión de índole técnico-presupuestaria en materia penal, y declarar como 'ilegal' lo que, todo lo más, pudiera calificarse de uso 'inadecuado' del instrumento presupuestario elegido por parte de la Consejería competente para ejecutar los créditos".
A juicio de la defensa de la exconsejera, de cualquier modo, los presuntos delitos que se le atribuyen, como son los de prevaricación administrativa y malversación, habrían "prescrito".