La Junta anuncia que recurrirá el auto que le condena a pagar al promotor del Nevada y defiende su actuación

Según el Gobierno andaluz, los daños al Nevada "no están acreditados" y ha incidido en que la valoración de los mismos por parte del promotor se ha hecho "sobre hipótesis"

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Imagen del Centro Comercial Nevada | Autor: Archivo GD
E.P
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La Junta de Andalucía ha anunciado este lunes que recurrirá el auto del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Granada que le condena al pago de 157,4 millones de euros, en concepto de daño emergente y lucro cesante, a la empresa General de Galerías Comerciales, promotora del Centro Comercial Nevada, en Armilla (Granada), y ha defendido la "legalidad" de su actuación.

En un comunicado, el Gobierno andaluz ha asegurado que en este caso ha actuado "siempre en defensa de la legalidad", avalada por informes técnicos y jurídicos, "como lo demuestran otras sentencias anteriores", y ha considerado el promotor, Tomás Olivo, "no tiene derecho a que la Junta le indemnice por una medida cautelar ordenada por distintos órganos judiciales y que terminó con sentencia penal firme al promotor y demolición parcial del centro comercial".

Según la Junta, los daños al Nevada "no están acreditados" y ha incidido en que la valoración de los mismos por parte del promotor se ha hecho "sobre hipótesis", según "el propio auto". También el propio informe del promotor señala que "no se ha realizado ninguna verificación sobre la autenticidad de los documentos", incide.

"No hay una conexión probada de los daños y la medida cautelar que ordenó el propio Juzgado, son daños no acreditados", ha mantenido la administración autonómica, para la que el auto, "sorprendentemente, no tiene en cuenta que, en paralelo al procedimiento contencioso, también hubo un procedimiento penal (donde la Junta no formaba parte) con una sentencia firme del 28 de julio de 2011 que también derivó en una paralización de las obras y en condena penal al promotor".

Asimismo, recuerda que el propio Juzgado Contencioso Administrativo número 1, el mismo que ahora condena, como el propio Ayuntamiento de Armilla, también decretaron la paralización de las obras. Por ello, "no se puede indemnizar por daños y perjuicios a quien ha cometido un delito".

La Junta afirma que sí presentó escrito de oposición motivado, registrado el 15 de septiembre de 2015 a la petición de indemnización; así como informe pericial (de 14 de octubre de 2015) y aclara que la no comparecencia de sus letrados a la vista del día 6 de junio, por error del servicio jurídico, "no resta validez a la oposición de la Junta, expuesta de forma concreta y motivada, en el escrito de oposición (de 15 de septiembre de 2015)". "La vista previa es potestativa", explica.