La Junta simplifica denominaciones de calidad que beneficia a 7 productos granadinos
Aceite, miel, chirimoya, jamón, espárrago y pan son los productos granadinos entre los plenos de los 29 consejos reguladores regulados
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el procedimiento para la elección de las distintas vocalías que componen los plenos de los 29 consejos reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de productos agroalimentarios y pesqueros de Andalucía.
La norma simplifica y unifica las reglas de este proceso, que hasta ahora convocaba la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural a través de diferentes órdenes. Asimismo, concede a las entidades una mayor autonomía y flexibilidad, reservando a la Administración autonómica su función de tutela.
Los consejos reguladores, encargados de la gestión de las diferentes denominaciones de calidad y defensa de los productos a los que ampara, están constituidos por la Presidencia y el Pleno, integrado a su vez por las distintas vocalías que representan a los diversos sectores que intervienen en la producción, elaboración y comercialización.
De los consejos reguladores gestionados, los que corresponden a producciones de aceite de oliva protegidas se agrupan en doce denominaciones de origen: Montes de Granada, Poniente de Granada.
La lista de las denominaciones de origen andaluzas destacan la Miel de Granada, y la Chirimoya de la Costa Tropical de Granada-Málaga. Finalmente, las indicaciones geográficas protegidas amparan distintos productos, entre que destacan los granadinos Jamón de Trevélez, el Espárrago de Huétor-Tajar y Pan de Alfacar.
El decreto establece unas disposiciones comunes de aplicación para todas las denominaciones, con el objetivo de garantizar un procedimiento uniforme, objetivo y transparente, basado en el sufragio de todos los miembros de los consejos. Asimismo, desarrolla la obligación recogida en la legislación autonómica de garantizar la paridad de la representación de los sectores productor (agricultores y/o ganaderos) y elaborador (industrias agroalimentarias) en las entidades en las que participan ambos.
Respecto a los procesos electorales, la principal novedad es la adopción de un sistema de carácter mayoritario mediante listas abiertas. Las candidaturas pueden ser presentadas por agrupaciones de personas avaladas por el 10% del total del censo. No obstante, será suficiente disponer de 50 avales. Cuando el número de personas candidatas resulte igual al número de vocales a elegir no será necesario celebrar las elecciones.
Cada consejo regulador deberá convocar al menos cada cuatro años las elecciones para renovar las vocalías, así como elegir y proponer a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.
En Andalucía existen otros dos consejos reguladores a los que no afecta el decreto aprobado hoy, por extender su superficie de producción más allá de la comunidad y ser competencia de la Administración central.