La justicia condena al Ayuntamiento de Granada a indemnizar a un trabajador

La sentencia insta al Ayuntamiento de la capital a indemnizar a un funcionario de carrera por desempeñar tareas de un puesto de categoría superior durante los últimos cuatro años

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Ayuntamiento de Granada | Foto: Archivo GD
Gabinete
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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), a través de su Asesoría Jurídica, ha ganado una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Granada en la que se atiende la demanda presentada contra el Ayuntamiento de la capital por desestimar a un auxiliar de inspección urbanística una retribución por el desarrollo de funciones propias de un grupo superior, el de inspector. La sentencia reconoce el derecho de este empleado municipal a que se le paguen las cantidades no percibidas por el desarrollo de las funciones propias del puesto de inspector (un total de 21.120,96 euros) así como el derecho a percibir esta diferencia económica mientras permanezca en idénticas circunstancias.

Tal como explica la responsable de Administración Local de CSIF Granada, Antonia Martín, “el fondo de las demandas parte del agravio comparativo existente entre estas dos categorías laborales, quedando suficientemente acreditado por parte de CSIF la vulneración del principio de igualdad mediante informes de superiores, documentos oficiales y declaraciones de compañeros”. Así, el juez reconoce que el personal de ambas categorías laborales está “ejerciendo funciones que resultan idénticas”, considerando su resolución como “una condena de futuro” mientras permanezca esta situación entre el personal municipal.

CSIF Granada ha valorado positivamente esta sentencia, ya que supone el reconocimiento de la vulneración de derechos de los trabajadores a través de una situación recurrente en la administración pública. Martín ha explicado que "se trata de una práctica que por falta de personal, mala planificación o por el incremento de los servicios es más que habitual y no un caso aislado en el propio Ayuntamiento de Granada”. Según datos de la Sección Sindical de CSIF, añade la responsable sindical, “existen otros casos que son plenamente asimilables como serían el de los auxiliares administrativos, bibliotecarios en el grupo A1 y A2, auxiliares deportivos, auxiliares de archivo, animadores socioculturales, operarios de control y mantenimiento de instalaciones deportivas, inspectores/as de consumo, inspectores/as de tributos, arquitectos técnicos o profesores de banda de música A1 y A2”.