Las huelgas son delitos de cárcel, la acumulación de capital no
Ya se ha debatido en el Congreso el tema dos veces en la pasada legislatura: una a propuesta de IU y otra del PSOE. Ambas fueron rechazadas por la mayoría absoluta del PP. La reforma del Código Penal del gobierno ha traído consigo un grave endurecimiento del castigo penal para los sindicalistas que en el transcurso de una huelga se ven incursos en disturbios más o menos violentos.
El debate ha vuelto a surgir porque la fiscalía ha pedido 66 años de cárcel para 8 sindicalistas de Airbus que participaron en la huelga general de 2010 contra la reforma laboral de Zapatero. Sólo la convocatoria de movilizaciones de protesta por parte de los sindicatos y de la izquierda política el pasado día 9 de febrero ha conseguido que se debata este hecho, al menos en pie de igualdad con la noticia del ingreso en prisión de dos titiriteros granadinos por el presunto delito de enaltecimiento del terrorismo e incitación a la violencia. Huelguistas y titiriteros, a la cárcel, dice el sistema.
El derecho de huelga es un derecho fundamental reconocido por el artículo 28.2 de la Constitución Española. Por ese reconocimiento lucharon muchos trabajadores durante la dictadura de Franco. Y fueron condenados a 20 años de cárcel los sindicalistas de CC.OO. en el proceso 1001 del TOP (Tribunal de Orden Público) Camacho, Saborido, Sartorius, Acosta, Zamora, Santisteban, García Salve, Muñiz Zapico, Fernández y Soto. Gracias a esa lucha, preludio de esa Constitución Española, esos sindicalistas salieron a la calle y se consiguió un régimen de libertades que antes no existió durante 40 años.
Con posterioridad ningún gobierno ni grupo político ha propuesto la aprobación de una ley que desarrolle este derecho fundamental, para el que la Constitución solo prevé una limitación: que se regulen “el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”. Todo lo demás es el campo de la libertad en defensa de los derechos colectivos de los trabajadores. Ni siquiera los sindicatos han sido partidarios de redactar esa ley de huelga que algunos ingenuos sindicalistas solicitamos a comienzos de los años 80. Los más “sabios” del sindicato (hablo de CC.OO., que es donde yo lo defendí en su momento) preferían no suscitar el debate de los políticos en torno al derecho de huelga. Prefirieron dejar a la negociación el marco del desarrollo de la huelga, y por eso ni siquiera la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical) entró en ese tema. A los sucesivos gobiernos se les dejaron las manos libres de la vía del decreto para regular los servicios mínimos. No sin polémicas y rifirrafes con los trabajadores, por supuesto.
No previeron los bienintencionados sindicalistas de los 80 y 90 que la pila de crisis cíclicas que la economía capitalista iba a sufrir desde entonces. La ley de hierro del capitalismo es el incremento incesante de la tasa de beneficios, para lo que es necesario acumular el capital “suficiente” para invertir en las nuevas herramientas de la explotación de los recursos, incluidos los humanos. Frente a esta “libertad de empresa”, también constitucional, la libertad de huelga es un forúnculo que había que extirpar. Así lo han exigido la reconversión o desmantelamiento industrial de los 80, la adaptación al mercado europeo y luego al euro, y las voraces políticas de revolución tecnológica (que devoran empleos) y los ajustes fiscales (que devoran calidad del empleo, pues los capitalistas no saben otra forma de competir más que quitándoles derechos a los trabajadores).
Mientras se criminalizaba el derecho de huelga y se ensalzaba el derecho a no hacerla, no se preveía el recorte democrático que implicaba necesariamente la falta de límites de la acumulación del capital en pocas manos. Ha tenido que venir Thomas Piketty a decírnoslo.
En el caso de Airbus los 8 acusados han sido exonerados de la cárcel. Pero quedan 300 procesados más. No es sólo el artículo 315.3 del Código Penal el que hay que derogar, y ni siquiera las multas de cientos de miles de euros que pueden caerle a un piquetista que intenta vencer el miedo de sus compañeros a ejercer libremente su derecho a ir a la huelga (¿qué trabajador no deja de ir a la huelga si no es por miedo a contrariar a su patrón o a que sobre él recaigan luego males como la pérdida de confianza de sus jefes, el despido, y otros males?). Hay que reformar también la legislación mercantil y laboral. Y la conciencia social de la ciudadanía también.
Y para eso hace falta una nueva transición. No solo un nuevo gobierno.