Unas leyes descaradas para asesores sin preparación alguna
En un principio, después de lo que hemos presenciado con corruptos cargos de confianza, que haya potestad para asignar asesores sin formación, como les vengan en gana y les plazca a nuestros políticos, no es de recibo y no debería estar permitido una acción arbitraria, discriminatoria y no fundamentada, para colocar a gente del partido, familiares y acólitos nombrados a dedo, de senadores, diputados, alcaldes con honorarios desde 32.000 a 65.000 euros. Hecho que ocurre hoy en día y dice mucho de la legislación que lo permite por parte e iniciativa política de unas y otras formaciones, que si quieren acabar de una vez por todas con estas conductas delictivas no hay otro remedio que cambiar la legislación para no permitirlas, pues están supeditados únicamente al criterio de honestidad de la persona contratada, cuando para desempeñar cualquier otro cargo si se exige un filtro o prueba de idoneidad. De ahí que las retribuciones tampoco son justas si las comparamos con la titulación y preparación que se exige al resto de trabajadores para desempeñar su profesión y de ahí que cuando se saben quiénes son, muchas otras veces sabemos que no están preparados, o si su desempeño lo podrían cumplir los funcionarios públicos...
Por otro lado no se entiende como a los cargos de confianza no le requieran tener ninguna formación además de que muchos cobran como altos funcionarios. Se trata de personal eventual cuya vinculación responde a la facultad de elección de Presidentes, Consejeros, Alcaldes, Concejales y otros sin requisitos de mérito y capacidad, suplidos por la única condición de confianza. Confianza desmedida y arbitraria cuando no tiene que rendir cuentas, quizá para justificar también que la preponderancia política prima sobre todas las leyes. Saltándose a la torera cualquier indicio de constitucionalidad pues la arbitrariedad y discrecionalidad precisamente hacen que se aparte del régimen jurídico, sirviendo para considerar que no todos somos iguales ante la ley, y así la cumplen como estamos viendo y así la corrompen. En este sentido, es triste pero es lo que han legislado los políticos para no asumir la incompetencia o corrupción y la de sus allegados, para que los mantengan y sean mantenidos en el poder. Por tanto es de recibo que no se asuma ninguna confianza, ni se crea en la verdadera regeneración que haría falta para recuperar el afecto o sentimiento de deber y servicio público de la política, ya que cuando el mérito para ejercer un trabajo no es otro que adquirir una condición de asesores sin exigencia ni preparación alguna, salvo la de que nuestros representantes pueden contratar a cualquiera, ya que la ley se lo permite, deja en evidencia el despotismo y la falsedad de la política. De modo que está claro que debe primar para gobernar éticamente el interés general, y no el interés particular, por lo que muchos asesores poco preparados no deben campear a sus anchas y ser corruptos del poder.
Así ocurre con los recién destapados, caso del asesor Koldo y otros tantos en nuestros gobernantes de un color y otro con "mordidas" todavía por descubrir. Porque para evitar tanta corrupción de este personal asesor no hay otro modo que legislar contra ello, y así evitar tanto cinismo de los políticos a la hora de abordar un problema crónico y aberrante de la Administración Pública. Por tanto se debe exigir que se reúnan unos requisitos de idoneidad como marca la Ley 3/2015 de los altos cargos, también para su personal eventual asesor. Porque si no es así no se podrá nunca justificar, entender ni erradicar conductas deleznables de personal de confianza y privilegiado por sueldos desmedidos y a cualquier precio, y sacados de la chistera por su cuenta sin criterios objetivos para evaluar su profesión y cualificación. Véase por ejemplo en algunas poblaciones de menos de 30.000 habitantes con qué criterios se ha ponderado el ingente sueldo del personal eventual que ha designado el alcalde con el consiguiente agravio comparativo, por qué y para qué si solo depende del presupuesto aprobado, ¿y por qué entonces escatiman a la hora de la contratación de personal laboral y funcionarios con dedicación parcial y sueldos ridículos...en profesiones más imprescindibles? La respuesta es porque les da la gana y les da de comer a quienquiera para obtener rédito o se supone que es para mejorar su propaganda cuando no para justificar el despilfarro caprichoso de sus asesores y personal elegido a dedo. Sin reunir requisitos de idoneidad. Por tanto ante esta descabellada circunstancia, es imposible pensar que las investigaciones sobre los corruptos sirva para algo mientras no cambien las leyes. Ya que la vara de medir ante la ley no se emplea del mismo modo para todos. Por eso no puede ser "barra libre" y legislar con cinismo si no se acotan o se ponen límites o se exigen pruebas que demuestren capacidad y habilidades. Porque si no las presentes normativas no son ejemplo a seguir para ver y entender ni aprobarse en las Cortes ni ser aprobada por el rey. Porque por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña este personal de confianza, sólo deberían ser ejercido por personas, constatada su competencia personal y profesional, de modo que haya algún marco como en los demás puestos, que sea jurídico y que regule el desarrollo de su actividad.
En este sentido, hemos pretendido reivindicar y garantizar que el ejercicio del cargo se realice con las mejores condiciones de transparencia, ética y profesionalidad. Asimismo lo más significativo es que se regula sólo que el número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Por lo que no es pertinente la designación correspondiente sin exigir requisitos indispensables para el desempeño laboral como con cualquier otro personal con vinculación jurídica y administrativa. Sea como fuere para que sea justo adjudicar un puesto, es que sea precisamente más responsable de sus conductas. En ese sentido, no cabe duda y no es menos cierto que es para que demuestre su capacidad; sin embargo la ley lo exime por eso es una ley injusta, y el desconocimiento no debería eximir del conocimiento. Por tanto si hemos de gestionar bien los recursos humanos con los que contamos, no podemos desdeñar e ignorar asuntos tan descabellados, y que pagamos con el erario público. Cuando para entrar en bolsas temporales de empleo algunas instituciones cobran y exigen superar unas pruebas, que ni los que se la inventan superarían. Juzguen ustedes.