Loja tendrá que devolver a la Junta una ayuda de 1,3 millones por no acabar el centro deportivo
El Ayuntamiento argumenta que la causa del retraso en la ejecución no le es imputable porque al final se optó por un proyecto más extenso
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado la razón a la Junta de Andalucía en su decisión de pedir al Ayuntamiento de Loja (Granada) la devolución de una subvención de más de un millón de euros que fue otorgada para la construcción de un centro deportivo, después de que el dinero no se invirtiera en el tiempo estipulado y de que el proyecto, paralizado desde 2012, no se ejecutara en los plazos previstos.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Loja por considerar que la resolución de reintegro emitida por la Junta es "conforme a derecho".
El Ayuntamiento de Loja argumenta que la causa del retraso en la ejecución del centro deportivo no le es imputable, en tanto que al final se optó por un proyecto más extenso y que se necesitó acudir a un procedimiento de licitación más complejo, además de otras "circunstancias sobrevenidas", como el incumplimiento contractual de la empresa concesionaria.
"Consciente de las vicisitudes en la ejecución", la Junta suscribió el 21 de marzo de 2011 una adenda al convenio por la que amplió el plazo de ejecución en 36 meses, dando así --señala la sentencia-- "una salida a la situación existente, provocada por la ejecución de un proyecto más ambicioso y extenso".
No obstante, respecto a las "otras circunstancias sobrevenidas", en especial el incumplimiento contractual de la empresa concesionaria, el TSJA recuerda que la jurisprudencia indica que en estos casos, en materia de subvenciones, "el beneficiario corre con el riesgo y ventura derivado del acto de concesión" y tampoco "la situación de crisis económica puede en sí misma excusar del cumplimiento de las obligaciones impuestas".
Incide así en que la situación económica desfavorable, existente en mayor o menor grado allí donde se otorga el incentivo y en el sector económico para el que se otorga, "ha de ser ponderada, valorada, por quien solicita la ayuda de fondos públicos para llevar a cabo un determinado proyecto" a fin de cumplir con los resultados que justifican la concesión de la ayuda.
Entre otros razonamientos, el alto tribunal andaluz añade, que si bien es cierto que el fomento del deporte se puede ver demorado en el tiempo por las incidencias en la construcción de un Centro Deportivo Urbano en Loja, el retraso en la prestación del servicio público "sólo es imputable a la corporación local".
El centro deportivo inacabado, situado junto al campo de fútbol del municipio, se proyectó con varias pistas de tenis, pádel, sauna, piscinas cubiertas y aparcamiento.