Medio centenar de empleados reforzarán 24 juzgados de paz de la provincia

Sandra García, que visitó las nuevas instalaciones del órgano judicial de Paz de Íllora, considera que los juzgados de paz constituyen “el primer eslabón” del sistema judicial

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Juzgado de Paz | Foto: Archivo GD
Gabinete
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La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Justicia e Interior, apoyará con recursos humanos los Juzgados de Paz de los municipios de más de 7.000 habitantes de la provincia y carecen de juzgados de Primera Instancia e Instrucción; en concreto, 52 empleados públicos prestan servicio en 24 juzgados de paz granadinos, según explicó ayer la delegada del Gobierno, Sandra García, en la visita que realizó a las nuevas instalaciones del órgano judicial  de Íllora junto al alcalde, Antonio José Salazar.

Los juzgados de paz constituyen “el primer eslabón” del sistema judicial y, según la delegada de la Junta, “es importante que funcionen con las garantías de un servicio público ágil, moderno y cercano”.  El volumen de trabajo que asumen estos juzgados lleva a la Administración andaluza a apoyar con personal cualificado la labor de los jueces de paz y su contribución a la prestación de este servicio público.

En la provincia de Granada realizan funciones de jueces de paz 165 personas. La delegada del Gobierno ha agradecido “la importante labor que realizan al resolver cuestiones de menor alcance jurisdiccional, prestando a la ciudadanía un servicio de proximidad dentro de la compleja Administración de Justicia”.

En concreto,  la Junta apoya con recursos humanos los juzgados de paz de Albolote, Albuñol, Alhama de Granada, Armilla, Calicasas, Caniles, Cullar, Churriana, Durcal, Las Gabias, Huétor Tájar, Huétor Vega, íllora, Iznalloz, Maracena, Montefrío, Ogíjares, Padul, Peligros, Pinos Puente, Salobreña, Vegas del Genil y La Zubia.

Los juzgados de paz tienen competencias en registro civil, celebran juicios verbales sobre asuntos civiles sobre demandas con reclamaciones económicas pequeñas,  celebran actos de conciliación y dictan sentencias por auxilio judicial.

En el ámbito penal asumen la instrucción, enjuiciamiento, fallo y ejecución de los juicios de faltas leves sobre ciertas infracciones como amenazas, coacciones, deslucimiento de bienes inmuebles, maltrato de animales domésticos o perturbación del orden público.

También dan cumplimiento a exhortos penales, es decir, realizan diligencias que el juzgado de paz efectúa por delegación de otros juzgados, encargándose por ejemplo de tomar declaración a perjudicados o de efectuar ratificaciones, además de llevar a cabo actuaciones como, por ejemplo, un levantamiento de cadáver.

Los jueces de paz son personas que, aún no siendo indispensable el requisito de ser licenciados en Derecho, sí reúnen una serie requisitos establecidos por la Ley para el ingreso en la Carrera Judicial para el desarrollo de unas funciones de auxilio judicial y de resolución de conflictos y problemas en el seno de los municipios, evitando de esta forma que éstos terminen en los tribunales.