Las novedades fiscales en 2024 y cómo pueden afectar a los usuarios

Habrá más impuestos para los arrendadores de vivienda y los autónomos estarán obligados a declarar, entre otros cambios

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En la próxima campaña de Renta de 2023 estarán obligados a declarar todos los autónomos | Foto: Archivo GD
GranadaDigital
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Este 2024 habrá novedades fiscales que pueden afectar a los usuarios. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha detallado cuáles son los principales cambios fiscales.

Más impuestos para los arrendadores de vivienda

Con la nueva Ley de Vivienda, la reducción aplicable al rendimiento neto en los alquileres de vivienda habitual disminuye del 60% al 50%. Así, la mayoría de los arrendadores de vivienda tributarán más, ha informado la OCU. "Los cambios afectan a contratos de alquiler de vivienda firmados desde el 1 de enero de 2024. Los contratos anteriores de momento podrán seguir aplicando la reducción del 60%", ha detallado.

Este 2024, la reducción en IRPF será del 90% si tienes una vivienda en una zona de mercado residencial tensionado, firmas un contrato nuevo y rebajas la renta más de un 5% respecto de la renta del contrato anterior. La reducción en IRPF será del 70% si alquilas por primera vez la vivienda, siempre que se encuentre situada en una zona de mercado residencial tensionado y el inquilino tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años. La reducción será del 60% si has realizado obras de rehabilitación la vivienda en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.

La obligación de declarar en el IRPF

En la campaña de Renta de 2023, según la normativa, no están obligados a declarar los contribuyentes cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros, siempre que cumplan el resto de los requisitos para no declarar. Hasta el año pasado, este límite estaba en 14.000 euros si los ingresos del trabajo proceden de más de un pagador siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superen los 1.500 euros. En la próxima declaración a presentar de 2023, este límite queda fijado en 15.000 euros.

Por otro lado, los autónomos estarán obligados a declarar este año si en cualquier momento de 2023 han estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Hasta el año pasado no tenían que hacerlo si la suma de todos los rendimientos, incluidos los de su actividad, no superaban los 1.000 euros anuales, ha informado la OCU.

Impuesto sobre Patrimonio

Las comunidades autónomas de Madrid y de Andalucía recuperan el Impuesto sobre el Patrimonio para quedarse con los importes que la administración central recaudaría a través del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas si hubieran mantenido la bonificación. La medida solo afecta a los que tributen por el nuevo impuesto, por lo que los que no tengan que pagar el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas continuarán sin pagar el Impuesto sobre el Patrimonio en esas comunidades autónomas.

Deducción por obras para mejora de la eficiencia energética

Se han ampliado a 2024 las deducciones temporales en la cuota íntegra estatal del IRPF aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, ha destacado la OCU.

Incremento de la deducción por donativos en el IRPF

Otra novedad fiscal este 2024 es que se eleva de 150 a 250 euros la base sobre la que se puede aplicar el 80% de deducción de la cuota del IRPF por los donativos a entidades sin ánimo de lucro. "A partir de ese importe, el importe de la deducción pasa del 35% al 40%. Además, será del 45% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe", ha indicado la OCU.