Las nuevas multas de la DGT: cuatro reformas que entran en vigor en septiembre

La Dirección General de Tráfico pone en marcha un conjunto de medidas que recaerá sobre conductas que hasta ahora no eran sancionables

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Control de la Guardia Civil de Tráfico | Foto: Gabinete
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La Dirección General de Tráfico (DGT) pone en marcha, a partir de este septiembre, un conjunto de medidas que recaerá sobre conductas que hasta ahora no eran sancionables. La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial no está exenta de polémicas y, a pesar de que muchos conductores se han pronunciado en contra de estas nuevas medidas de seguridad, entrarán en vigor este mes de septiembre, una vez se apruebe en el Congreso de los Diputados.

Como punto de partida, se abre la puerta a nuevas sanciones sobre comportamientos que atenten contra el medio ambiente. Dejarnos el motor del coche encendido cuando estemos parados y/o estacionados puede resultarnos caro y no precisamente por el gasto en combustible. De esta forma, se impondrán multas de hasta 100 euros a todos los conductores que no apaguen el motor tras el estacionamiento o parada de su vehículo, sin ser aplicables en atascos y semáforos. Solamente los vehículos con etiqueta 0 quedan exentos de esta nueva normativa.

Sin embargo, una de las medidas más destacadas y probablemente de las más polémicas, tiene relación con la eliminación del margen de 20 km/h adicionales para adelantar en carreteras convencionales. Se empezará a considerar esta acción como un exceso del límite de velocidad, con sanción de 100 euros y sin detracción de puntos.

Son muchas las críticas hacia la DGT por parte de conductores que definen esta nueva medida como "incomprensible". El sentido de rebasar ese límite, hasta ahora permitido, tiene como objetivo que el adelantamiento sea lo más rápido posible, evitando así choques frontales.

Con respecto a la utilización del móvil durante la conducción, la DGT ha endurecido las multas por este tipo de distracciones al volante. Desde ahora, “sujetar con la mano dispositivos móviles” conllevará una retirada de 6 puntos del carnet y 200 euros de multa.

De acuerdo con el estudio realizado por el Instituto Universitario de Investigación de Tránsito y Seguridad Vial de la Universidad de Valencia (INTRAS), estas distracciones con el móvil causan el 20% total de fallecidos, lo que se traduce en 390 muertes cada año. Así, el estudio estima que aproximadamente en España 13 millones de personas utilizan el móvil mientras conducen.

Por otro lado, el artículo 13 de la ley vigente prohibía la instalación y utilización de detectores de radares pero no se contemplaba el hecho de llevar estos dispositivos sin utilizarlos. Con la nueva modificación de la ley de tráfico, el hecho de disponer de un detector de radares dentro del coche aunque no se esté utilizando, conllevará 3 puntos de retirada en el carnet y una multa de 500 euros.

Adicionalmente a estas medidas, cabe destacar la reciente entrada en vigor del anteproyecto de reforma de la ley de Tráfico. En la misma, se añadían también importantes cambios donde cabe destacar la aplicación de los 30km/h en vías de único carril en las ciudades y la aprobación de la señal luminosa V-16, la cual será obligatoria en 2026 para cualquier vehículo privado como alternativa y sustitución de los tradicionales triángulos de emergencia.

“Las nuevas señales de emergencia como PF Led One emiten una luz de alta intensidad visible hasta 1 km de distancia, evitando así el posible atropello al no tener que abandonar el vehículo en ningún momento", afirma Juan Manuel Erum - CEO del Grupo PF Seguridad Vial.

Estas últimas medidas ya se encuentran en activo desde su aprobación el pasado 20 de noviembre de 2020. Para el nuevo paquete de medidas habrá que esperar a que el Congreso de los Diputados dé su más que previsible aprobación, pero se estima que entrará en vigor este mes de septiembre, tras su publicación en el BOE.