Obligaciones que tienes que cumplir si circulas por carretera
Avisar de los movimientos que va a realizar el ciclista con antelación o no utilizar dispositivos móviles mientras se circula en bicicleta, son algunas de las medidas que deben adoptar los ciclista
Los ciclistas, junto a los peatones y los motoristas, son los individuos más vulnerables en carretera. Avisar de los movimientos que va a realizar el ciclista con antelación o no utilizar dispositivos móviles mientras se circula en bicicleta, son algunas de las medidas que deben adoptar los ciclistas
OBLIGACIONES DE LOS CICLISTAS EN CARRETERA
1. Por dónde circulan en carretera. El arcén es el lugar destinado a los ciclistas que circulen en carreteras interurbanas. Sólo podrán utilizar la parte imprescindible de la calzada si no es transitable. En autovías se circula por el arcén, únicamente en caso de que no esté prohibido por la señal correspondiente y con la edad mínima de 14 años.
2. Cuándo tienen prioridad de paso. Según la DGT, cuando los ciclistas circulan en grupo se les considera una única unidad móvil, por lo tanto, tienen prioridad con respecto a los vehículos. Circular por el carril bici, el paso para ciclistas o el arcén señalizado también concede prioridad al ciclista. Por último, el ciclista tiene prioridad en caso de que un vehículo quiera girar a derecha o izquierda y haya un ciclista en sus proximidades.
3. Velocidad a la que deben circular. La velocidad máxima que puede alcanzar un ciclista es 45 kilómetros por hora, siempre y cuando la vía no esté limitada a una velocidad inferior. El ciclista no está obligado a circular a una velocidad superior al 50% del límite marcado. Por ejemplo, si la carretera está limitada a 60 kilómetros por hora, el ciclista podrá circular a menos de 30.
4. Seguridad en carretera. El ciclista debe respetar todas las señales de tráfico, incluida la prohibición de utilizar el móvil, los auriculares o cualquier otro tipo de dispositivo. En caso de ser sancionado, la multa es de 200€. Además, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas también está prohibido. Los ciclistas no pueden negarse a realizar un control. La multa en caso de dar positivo en cualquiera de estas sustancias puede alcanzar los 500€.
5. Uso de casco y luces. La utilización del casco homologado es obligatorio; no llevarlo puede acarrear una multa de 200€. La utilización de luz delantera y el reflectante trasero es obligatorio, la multa por no utilizarlos es de 80€. El uso del chaleco reflectante cuando se circule por la noche es indispensable; la sanción por no llevarlo asciende a 200€.
6. Medidas a la hora de circular en grupo por carretera. Los ciclistas no pueden circular en pelotón (grupo de ciclistas que circulan muy cerca unos de otros disminuyendo la resistencia al viento),sí en grupo (menos numeroso que el pelotón). Pueden circular en paralelo, en un máximo de dos. Deberán ir de uno en uno en tramos sin visibilidad o cuando la peligrosidad de la vía lo exija.
7. Indicación de sus movimientos. El ciclista debe avisar con antelación de los movimientos que efectúa para prevenir accidentes. Si quiere girar a la derecha, deberá extender el brazo derecho con la palma de mano hacia abajo; si quiere girar a la izquierda debe doblar hacia arriba el brazo derecho. También se puede avisar de una frenada brusca agitando el brazo izquierdo con movimientos de arriba hacia abajo.
8. Cómo se les adelanta. El conductor de un automóvil que quiera adelantar a uno o varios ciclistas debe ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, manteniendo una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros. Está prohibido adelantar en caso de que se ponga en peligro o se entorpezca la marcha de los ciclistas.
9. Pérdida de puntos. Los ciclistas no pierden puntos ya que las bicicletas no requieren permiso de conducción, pero si inclumplen las normas reciben las mismas sanciones monetarias que los conductores de vehículos a motor.