Piden tres años y medio de prisión a una mujer por estafar al hijo de su marido fallecido
La investigada habría tratado de impedir la vía de apremio de tres procedimientos de ejecución forzosa de inmuebles para evitar el cobro de la pensión compensatoria a la exmujer de su pareja
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada tiene señalado para este martes un juicio en el que la Fiscalía ha pedido tres años y medio de prisión por la presunta comisión de un delito de estafa procesal a una mujer que habría tratado de impedir la vía de apremio de tres procedimientos de ejecución forzosa de inmuebles al parecer para evitar el cobro de la pensión compensatoria por 600 euros mensuales a la exesposa de su marido fallecido y de la herencia, una situación por la que se querelló el hijo de estos dos últimos como supuesto perjudicado.
Según consta en el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, como el marido, que falleció el 22 de marzo de 2018, "no pagaba" la pensión compensatoria, que se establecía en virtud de una sentencia de septiembre de 1995, "se iniciaron tres procedimientos de ejecución forzosa" por importes de 23.230 y 6.863 euros.
La investigada, esposa en aquel tiempo del fallecido, "en connivencia con éste y con ánimo de obstaculizar la vía de apremio", habría otorgado en octubre de 2008 "escritura en el que él reconocía una deuda irreal en favor de ésta, garantizando la misma con hipoteca". En este contexto, fue condenada por delito de alzamiento de bienes en julio de 2012.
Se da la circunstancia de que en tal procedimiento no se pidió la nulidad del contrato de reconocimiento de deuda y de constitución de la hipoteca que fue instrumento en la escritura de octubre de 2008 ante notario. Por ello, la procesada habría aprovechado "para ejercitar acciones derivadas" de la misma sobre un local comercial en un edificio de Sierra Nevada, una deuda que ascendía a 70.000 euros, más 14.000 de intereses y costas.
Así, al presentar un título formalmente ejecutivo conforme a la normativa "se despachó la ejecución" y "no se pudo alegar por el querellante la simulación del crédito, contrato este nulo" ya que habría sido simulado "y por tanto con causa ilícita, incluso delictiva", en tanto, prosigue el fiscal, el delito de alzamiento de bienes por que fue condenada la procesada en este caso comprendía, entre otros negocios jurídicos fraudulentos, el reconocimiento de deuda y la misma hipoteca.
Se considera que "tal maniobra procesal fue realizada por la investigada con la finalidad de inducir error al juez y a los llamados a la herencia" de la exmujer, quienes, "además de tener limitadas sus posibilidades de defensa, podrían creer que el título que sirvió para despachar la ejecución era válido".