SAS y sindicatos aprueban mejoras para los profesionales sanitarios que permanezcan en puestos de difícil cobertura

Entre las medidas para paliar el déficit de especialistas en determinadas zonas geográficas se encuentran puntuaciones específicas para bolsa y ofertas de empleo o facilitar la ampliación de jubilaciones con jornadas reducidas

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El Servicio Andaluz de Salud y sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad (SATSE, Faspi-SMA, CCOO y UGT) han aprobado hoy una batería de mejoras para los profesionales sanitarios que permanezcan en puestos de difícil cobertura. Esta iniciativa pretende reconocer la labor de los profesionales que elijan trabajar en zonas rurales o remotas y garantizar la presencia y estabilización de profesionales en estos puestos.

Los incentivos acordados se plantean en distintos ámbitos: acceso a la formación continuada, reconocimiento, desarrollo profesional y mejoras retributivas asociadas al complemento de carrera profesional o mejoras en los procesos de movilidad voluntaria y selección de personal.

De esta forma, se incorporarán en los procesos de selección de personal medidas que promuevan el acceso y permanencia en puestos de difícil cobertura. Para las convocatorias de Ofertas Públicas de empleo de personal fijo y procesos selectivos de carácter temporal, se incluirá en los baremos de méritos una puntuación específica y adicional para los servicios prestados en puestos de difícil cobertura. La puntuación adicional tendrá un peso máximo del 20% en el apartado de experiencia profesional.

En las ofertas de destino de los procesos selectivos de personal fijo, se incluirán las vacantes existentes en puestos de difícil cobertura y, en aquellos puestos de trabajo considerados de difícil cobertura, el personal con nombramiento de larga duración podrá pasar a situación de disponible en bolsa para recibir otra oferta de larga duración cuando hayan transcurrido al menos dos años desde su nombramiento (la regla común es de cuatro años). La solicitud de una localidad donde existan puestos de difícil cobertura de esa especialidad y, en su caso categoría, no estará sometida a limitación temporal alguna.

Además, los profesionales en puestos de difícil cobertura, y que deseen voluntariamente prolongar la permanencia en SAS una vez cumplida la edad de jubilación, podrán optar a ello en un puesto de difícil cobertura y tendrán la opción de solicitar jornada reducida.

De otro lado, se modificarán los procesos de selección de personal temporal para que los profesionales que están cursando la formación especializada (EIR) puedan inscribirse en las bolsas de empleo temporal antes del cierre de la fecha de corte del año anterior a la finalización del periodo de residencia. La activación de solicitud quedará en todo caso condicionada a que finalice la formación. Al inicio del último año de residencia, la Dirección General de Profesionales informará a los residentes de las oportunidades de trabajo en la sanidad pública andaluza.

Con todas estas medidas se pretende promover la vinculación y permanencia en puestos y/o centros de difícil cobertura, así como la incorporación inmediata de profesionales que finalicen su formación especializada a los procesos de selección temporal en estos centros.

En cuanto a la formación continuada, se desarrollarán programas de formación específicos para estos profesionales que podrán realizar estancias de formación en centros de referencia con el fin de mantener las habilidades necesarias en la atención a patologías de elevada complejidad. En aquellos centros, con más del 50% en categorías o especialidades de difícil cobertura o más del 40% de puestos de difícil cobertura, se promoverá un plan específico de impulso de la formación on line y semipresencial para el conjunto de la plantilla.

Respecto a los procesos de movilidad voluntaria, se incentivará la permanencia de profesionales sanitarios de las categorías más demandadas en los centros sanitarios que presentan mayores dificultades para su cobertura, reconociéndose adicionalmente al menos el 50% de la valoración por mes de servicios prestados con un límite de 30 puntos por la permanencia ininterrumpida en el último puesto fijo que hubiera ocupado efectivamente. Este incentivo caducará cuando se produzca el cambio de destino.

Carrera profesional

Además, se modificará el marco regulador de los procesos de acreditación y carrera profesional. En este sentido, se contempla que los profesionales que reúnan los requisitos exigidos de certificación y hayan desarrollado su labor, al menos tres años continuados en estos puestos, podrán incorporarse al nivel II de carrera y, sin necesidad de haber alcanzado el segundo grado de reconocimiento, podrán acceder al nivel III de carrera profesional si cuentan con más de seis años de trabajo en este tipo de puestos. El acceso a estos niveles de carrera conlleva el pago del correspondiente complemento retributivo.

Todos estos aspectos se recogerán como objetivos específicos en el próximo Plan de Ordenación de Recursos Humanos, actualmente en proceso de revisión y se continuarán trabajando y definiendo en Mesa Sectorial. Asimismo, se propondrá la priorización en el seno de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, de los trabajos para adecuar la oferta de plazas de formación sanitaria especializada a las necesidades y lograr paliar la falta de médicos que actualmente padece el sistema, con especial preocupación por las plazas de Medicina de Familia y Pediatras de Atención Primaria que se quedan sin cubrir sobre todo en áreas rurales. Igualmente, desde el SAS, se promoverá en la Comisión la posibilidad de regular la contratación de profesionales extracomunitarios de forma que los médicos extranjeros no comunitarios que han finalizado la oferta formativa MIR puedan permanecer en el Sistema Nacional de Salud.

La Dirección General de Profesionales mantendrá actualizado, al menos una vez al año, la relación de puestos de difícil cobertura con el objetivo de contar con mecanismos ágiles de identificación de los mismos. Este registro será público a través de la web del SAS. Se entiende por puesto de difícil cobertura aquellos en los que el número de solicitudes de candidatos inscritos en la bolsa de empleo temporal para una categoría o especialidad es insuficiente para cubrir el número de profesionales efectivos en plantilla o aquellas plazas que no han podido cubrirse a través de los procedimientos ordinarios de ofertas de empleo temporal.