Siete casos de absentismo escolar son derivados a la Subcomisión Provincial de Absentismo
Desde la Junta recuerdan que la educación es un derecho fundamental de los menores
Un total de siete casos de absentismo escolar detectados en la provincia de Granada, cinco de Educación Primaria y dos de Educación Secundaria, han sido derivados a la Subcomisión Provincial de Absentismo, según han informado a Europa Press fuentes de la Delegación provincial de Educación.
Actualmente se considera que existe una situación de absentismo escolar cuando las faltas de asistencia sin justificar al cabo de un mes son de cinco días lectivos en Educación Primaria y veinticinco horas de clases en Educación Secundaria Obligatoria, o el equivalente al 25 por ciento de días lectivos o de horas de clase, respectivamente. En todo caso, si el equipo docente que atiende al alumnado cree que la falta de asistencia al centro puede representar un riesgo para su educación también puede actuar.
Desde la Junta explican que ante un posible caso de absentismo el primer nivel de intervención se circunscribe al centro educativo, que es el encargado de detectarlo, así como de informar a las familias de la obligatoriedad de asistir a clase y de intentar solventarlo en el ámbito escolar.
Si no se consigue que el estudiante acuda al centro y se confirma el absentismo, se pone en conocimiento de los Servicios Sociales y se pide su intervención para, a partir de ahí, establecer las medidas que se van a adoptar, entre las cuales se incluye un plan de intervención psicosocial con el alumno y su familia.
En este punto se contempla la implicación de las autoridades locales en la vigilancia del cumplimiento del deber de la escolaridad obligatoria y, en su caso, informar a la Comisión Municipal de Absentismo.
No obstante, si las actuaciones desarrolladas hasta este momento no han resuelto la situación se eleva a los Servicios Sociales la propuesta para que el expediente informativo se remita a los organismos con competencia en protección de menores o a la Fiscalía de Menores, en aquellos casos en los que se considere que la situación del menor es de tal gravedad que podría ser necesaria la adopción de medidas de protección. Desde la Junta recuerdan que la educación es un derecho fundamental de los menores.