La Subdedelegación del Gobierno acoge un taller online sobre el Ingreso Mínimo Vital
Se ha dado formación sobre el IMV a más de 70 personas y profesionales relacionadas con áreas de igualdad, violencia de género y protección social de distintas entidades y organizaciones
La atención presencial en las oficinas públicas está limitada por la situación epidemiológica derivada de la pandemia por Covid-19 resulta fundamental la colaboración entre administraciones por eso desde la Subdelegación del Gobierno, a través de la Unidad contra la violencia sobre la mujer en coordinación con la Dirección provincial del INSS, se han creado canales de comunicación con los profesionales asistentes para que la siga aportándoles información actualizada además de la formación específica.
En este contexto de colaboración entre administraciones, la Subdelegación del Gobierno ha continuado con las actividades formativas organizadas por la unidad de violencia y ha organizado un taller online sobre el Ingreso Mínimo Vital, en el que se ha dado formación a más de 70 personas y profesionales relacionadas con las áreas de igualdad y violencia de género de distintas entidades locales y de organizaciones que trabajan con mujeres víctimas en situación de especial vulnerabilidad.
Además de la formación específica se han creado canales de comunicación con los profesionales asistentes para que la Dirección Provincial del INSS siga aportándoles información actualizada.
El taller ha tratado sobre información del ingreso mínimo vital relativa a las personas beneficiarias, requisitos y su acreditación y muy especialmente de las particularidades recogidas en el RDL 20/2020 sobre las mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual y mujeres en situación de especial vunerabilidad.
Ha estado presidido por la subdelegada del Gobierno, Inmaculada López Calahorro, que ha querido agradecer a las personas participantes, sobre todo a la moderadora, Montserrat Muñoz Sáez, jefa de la Unidad contra la violencia sobre la mujer y al director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Granada, Pablo García Ruiz, que lo ha impartido, su gran trabajo en la difusión del IMV puesto en marcha por el Gobierno.
El Ingreso Mínimo vital (IMV) es un conjunto de medidas articuladas en torno a una nueva prestación de la Seguridad Social que garantizará unos ingresos mínimos mensuales a hogares en situación de especial vulnerabilidad. El IMV pretende corregir los problemas estructurales de acceso a oportunidades de formación y empleo, reducir la tasa de pobreza de España y hacer más redistributiva la acción del Estado desde una perspectiva de género.
Solicitudes
Las personas que quieran solicitarlo se pueden informar sobre el Ingreso Mínimo Vital a través de la página web de la Seguridad Social (www.seg- social.es) y mediante el nuevo asesor virtual, ISSA. También disponen de una herramienta de simulación, donde pueden comprobar si cumplen los requisitos, y de una línea de teléfono para realizar consultas concretas (900 20 22 22), que funciona de 8.30 a 20.30 horas.
A quienes realicen la solicitud en los tres primeros meses (hasta el 15 de septiembre), y tengan derecho a ella según la documentación acreditada, les será concedida con efectos retroactivos desde el 1 de junio.
El Ingreso Mínimo Vital fue aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 29 de mayo y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. Completa las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, distribuida en doce pagas.
Según los cálculos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, más de 830.000 hogares podrían ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En ellos viven unos 2,2 millones de personas de los que la mitad son menores.
Requisitos
El primer requisito para acceder al Ingreso Mínimo Vital será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho. Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad.
Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.
Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia ésta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.
Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de Covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.
Hay que tener en cuenta diversas excepciones a los requisitos anteriores cuando la mujer sea víctima de violencia de género o de trata con fines de explotación sexual de manera que se facilita el acceso para estos colectivos más vulnerables.