El Supremo pide al Gobierno que aporte documentación del expediente sobre la sede de la Aesia

Lo hace a raíz de que Juntos por Granada alegara ante el alto tribunal que el expediente remitido por el Gobierno no incluía "partes esenciales"

Colectivos de Granada se unen para pedir transparencia en la elección de la sede de la Aesia (1)
Protesta en la Plaza del Carmen por las formas del Gobierno en la concesión de la Aesia | Foto: Archivo GD
Europa Press
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El Tribunal Supremo ha solicitado al Gobierno que aporte determinada documentación del expediente administrativo que le ha remitido sobre la designación de A Coruña como sede física de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (Aesia), después de que la asociación civil Juntos por Granada pusiera de manifiesto hace unos días que estaba incompleto y faltaban "partes esenciales".

Concretamente, en una diligencia de ordenación fechada este lunes y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo solicita al Ministerio de la Presidencia que aporte la documentación relativa a las entidades públicas y privadas que fueron impulsores de la candidatura de Granada a acoger la Aesia.

Lo hace a raíz de que Juntos por Granada alegara ante el alto tribunal que el expediente remitido por el Gobierno no incluía, entre otras partes esenciales, esta documentación que evidencia su legitimidad para recurrir la elección de A Coruña como sede de esta agencia estatal, después de que el Abogado del Estado haya planteado que el colectivo no está legitimado.

En la citada diligencia, el Supremo solicita esta parte del expediente e indica que "una vez se resuelva sobre esta legitimación, si se declara la misma, ya se reclamará que se complete el expediente en el procedimiento principal".

Juntos por Granada advirtió en su último escrito al Supremo que en el expediente del Gobierno "no se incluyen los documentos acreditativos de la designación de ninguno de los miembros integrantes de la comisión consultiva" que debe determinar la sede y tampoco están las tablas de valoración y la puntuación detallada obtenida por cada una de las candidaturas, tampoco a las calificadas de excelencia, entre otros extremos.