TSJA confirma la condena de 10 años de prisión para la mujer que asesinó a su marido en Charches

El Alto Tribunal andaluz desestima así íntegramente los recursos planteados tanto por la defensa, que consideró excesiva la pena, como por la acusación particular, que reclamó un castigo mayor.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a diez años y medio de prisión que la Audiencia Provincial de Granada ya impuso a la mujer, de iniciales M.D.R.L., que fue juzgada por un jurado por asesinar con una escopeta de caza a su marido en la localidad granadina de Charches, en El Valle del Zalabí, y ocultar el cadáver después de que tuviera conocimiento de que le había sido infiel.

El Alto Tribunal andaluz desestima así íntegramente los recursos planteados tanto por la defensa, que consideró excesiva la pena, como por la acusación particular, que reclamó un castigo mayor, después de que el pasado 19 de noviembre se celebrara una vista en la que la Fiscalía se opuso a los argumentos de las dos partes.

En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Pasquau y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala señala que "únicamente" podría corregir la determinación de la pena si tuviera elementos desde los que concluir que es "manifiestamente inadecuada, irrazonable o alejada de los estándares comúnmente aplicados", lo que "no sucede en el presente caso". De hecho, considera acertada la rebaja, y, comparte "buena parte de los argumentos expresados por la acusación particular", como, por ejemplo, sobre la intensidad de afectación de las facultades de la mujer, que fue "la mínima necesaria para estimar la eximente incompleta" de obcecación.

Asimismo, el TSJA señala que ni la atenuante de confesión, "por venir ésta inducida cuando era verosímil que sería descubierta", ni la de parentesco, "dado el deterioro de la relación conyugal" de la pareja, tienen un cualificado fundamento de atenuación o agravación como para ubicar la pena cerca del límite mínimo ni del máximo, "por lo que es adecuada la fijada en 10 años de prisión". Tampoco, según señala, puede reducir la pena impuesta por el delito de tenencia ilícita de armas, "pese a la concurrencia respecto al mismo de la eximente incompleta de la atenuante de confesión", por no haber sido suscitada la cuestión por la defensa en su recurso.

Confirma así íntegramente la sentencia que en su día dictó la Audiencia Provincial de Granada, en un nuevo fallo, de fecha 28 de noviembre, contra el que cabe recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Fue el pasado 27 de junio cuando el jurado que enjuició el caso declaró culpable a la procesada, para la que la defensa solicitaba que se tuviera en cuenta la eximente completa de anomalía o alteración psíquica debido a trastorno de personalidad por dependencia, unido a un retraso mental moderado y una situación de obcecación.

DECLARACIÓN DE LA ACUSADA

Durante el juicio, que arrancó el 23 de junio, la inculpada afirmó que su marido la sometía a malos tratos, que la insultaba y que la tenía "angustiada" en los últimos meses de relación, en los que además se "vanagloriaba" de serle infiel con una prostituta.

Ante el jurado popular, la procesada describió con detalles cómo actuó aquella madrugada del 12 de mayo de 2013, aunque afirmó que lo hizo sin ser ella misma, y que incluso, después de muerto, llegó a pensar que su marido se había marchado de casa, así que actuaba "como si no hubiera pasado nada". "No era yo, era una cosa impresionante, pero no pensé nunca en ocultar el cadáver o las pruebas", dijo.

La mujer contrajo matrimonio con F.M.E. a la edad de 15 años, fruto del cual tuvieron dos hijas, que tienen actualmente 26 y 21 años. La mujer convivía con su marido y su hija menor en la segunda planta de una vivienda en Charches, en el término municipal de Guadix.

Aproximadamente en el mes de agosto de 2012, la mujer tuvo conocimiento de la infidelidad de su esposo, por lo que, "humillada y despechada por la traición", en el mes de mayo de 2013 tomó la decisión de matarlo.

En los días previos al 12 de mayo, la procesada, que carecía de permiso de armas, había tomado una escopeta de su marido --aficionado a la caza-- que éste guardaba en un armario y la escondió detrás de un sillón cargada con dos cartuchos y preparada para ser disparada en cualquier momento.

Finalmente, esa noche del 12 de mayo, después de pasar todo el día junto a su esposo y tras cenar juntos en la casa de su suegra, la mujer, "con el firme propósito de acabar con la vida" del hombre "procedió a ejecutar un plan perfectamente trazado", consciente de la gravedad y de las consecuencias de lo que iba a hacer.

Al regresar a su domicilio cerca de la media noche, ambos se acostaron en la cama de matrimonio que compartían desde hacía años. La acusada esperó a que su marido estuviera "profundamente dormido" para llevar a cabo su plan.

Así, "aprovechándose" de la situación "de absoluta indefensión" en que se hallaba, siendo las 2,30 horas, sacó la escopeta de su escondite y, "actuando con sumo cuidado" para que él no la descubriera, le acercó el cañón a la cabeza y "con absoluta frialdad" efectuó dos disparos que le causaron la muerte de manera instantánea.

Tras comprobar que su esposo estaba muerto, la inculpada desarmó la escopeta, la volvió a colocar en el armero y pasó el resto de la noche sentada en un sofá del salón, hasta que a las 7,30 horas llamó a la puerta un compañero de trabajo del marido quien, extrañado por la tardanza de éste, le preguntó por él, a lo que ella contestó que ya se había ido.

Después de que sus hijas se marcharan a trabajar y, con la seguridad de estar sola en la vivienda, la mujer arrastró el cadáver de su marido desde el dormitorio hasta un garaje al que da acceso una puerta situada en el recibidor de la casa y trató de subir el cuerpo en el maletero de un todoterreno. Como no pudo, colocó entonces el cadáver en el maletero de otro vehículo, un Citroen C15 que se encontraba en el garaje, para lo que se ayudó de una cuerda.

A continuación se subió al coche y, con intención de esconder el cuerpo sin vida del esposo, se desplazó hasta un lugar conocido como 'Rambla del agua', y se apeó para sacar el cadáver, que dejó caer por un barranco muy escarpado y resbaladizo, auxiliándose con la cuerda de nuevo. Tapó el cuerpo con varias piedras de grandes dimensiones y con vegetación y lo dejó "completamente oculto".

Después regresó a su domicilio y "con el malogrado propósito de borrar las huellas de su crimen", tiró las vainas de los cartuchos percutidos entre la vegetación existente en un callejón situado frente a su vivienda, y guardó en unas bolsas las sábanas manchadas de sangre y los restos de la cabeza de su marido que aún quedaban en el dormitorio para, posteriormente, quemarlos en la chimenea de una caseta de aperos propiedad del matrimonio, donde también fregó las manchas de sangre del coche.

Tras limpiar los restos de sangre que quedaban en el dormitorio, cambió también de sitio una de las mesitas de noche, porque presentaba impactos de los disparos, e incluso llegó a pintar con dos capas de pintura las manchas de las paredes, que previamente había intentado eliminar con un estropajo. También cortó las partes del colchón con sangre, las quemó en una estufa y escondió el resto del colchón en un trastero.

Sobre las 18,30 horas, sus hijas regresaron al domicilio y "preocupadas por extraña desaparición de su padre", lo pusieron en conocimiento de la Guardia Civil, a la que presentaron denuncia el 14 de mayo.

En los días posteriores a la desaparición, la acusada, "con aparente tranquilidad", participó activamente en las labores de búsqueda del marido. El 16 de mayo la Policía Judicial de Guadix tuvo conocimiento de que se había utilizado la chimenea de la caseta de aperos, y, ante los "evidentes indicios" de que la desaparición del hombre no había sido voluntaria, la mujer, "angustiada", confesó los hechos y llevó a los agentes al lugar donde había ocultado el cadáver, y fue detenida.