El TSJA deniega el confinamiento de Montefrío y la Junta recurre la decisión
La Sala, reunida en pleno, considera que "las restricciones de derechos fundamentales no puede realizarse de forma indiscriminada y masiva y la norma que debía amparar dicha restricción alude a personas concretas y determinadas"
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado el confinamiento perimetral de Montefrío, el único pueblo de la provincia de Granada para el que la Junta de Andalucía había pedido esta medida después de finalizar el estado de alarma ya que su tasa de incidencia de Covid-19 superaba los 1.000 casos, de hecho, ya está en 2.202,1 casos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, reunida en pleno, no ratifica la orden del 7 de mayo de la Consejería de Salud y Familias por la que se confina el municipio granadino de Montefrío ya que considera que "las restricciones de derechos fundamentales no puede realizarse de forma indiscriminada y masiva" y que "la norma que debía amparar dicha restricción –la Ley Orgánica 3/1986, de medias especiales en materia de Salud Pública- alude a personas concretas y determinadas".
En el auto, el TSJA considera que “se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados”. Apunta que en el municipio ya hay más de un 10% de vecinos que se encuentran inmunizados con las vacunas Covid-19 pues han recibido las dos dosis, lo que reduce la capacidad de transmisión de la enfermedad.
Por otro lado, el TSJA apunta a que el precepto “adolece de una imprecisa redacción”. Y en la hipótesis de que la norma admitiera distintas interpretaciones, “deberá optarse por aquella que resulta más favorable al ejercicio de derechos fundamentales”.
El TSJA considera que la Junta de Andalucía estaría "en situación de adoptar otro tipo de medidas más idóneas" para la protección de la salud de los habitantes de Montefrío, ya que no se ha aportado "una motivación suficiente" sobre la eficacia, justificación o necesidad de la medida.
El auto ha sido deliberado por los doce magistrados que componen la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Granada y contra el mismo se ha anunciado un voto particular.
El Ayuntamiento de Montefrío pide a la Junta que recurra la decisión del TSJA
El Ayuntamiento de Montefrío ha solicitado a la delegación de Salud y Familias de la Junta de Andalucía en Granada que recurra la decisión del TSJA de denegar el cierre perimetral del municipio “Estamos ante un sinsentido judicial que no comprendemos desde el Ayuntamiento, ni tampoco entienden nuestros vecinos, y que es fruto de una evidente improvisación por parte de la Junta, que debería haberse anticipado a esta situación”, ha indicado la alcaldesa, Remedios Gámez, en una nota de prensa.
El consistorio montefrieño sigue insistiendo en la petición de que los vecinos se autoconfinen y limiten al máximo sus contactos sociales. "Es la única manera de doblegar la curva y terminar cuanto antes con esta situación que nos tiene tan angustiados”, ha señalado Gámez.
“Tenemos que acatar la normativa sin paliativos para reducir los contagios, pero necesitamos saber cuál es esa normativa en cada momento”, ha comentado también la alcaldesa.
Tras la decisión del TSJA, Montefrío quedará abierto perimetralmente. “Pero ahora nos encontramos ante una maraña judicial que nos tenemos se va a reproducir a partir de ahora en muchos municipios más de Andalucía, aunque nosotros hayamos sido los primeros”, ha añadido la alcaldesa.
La Junta recurrirá al TS y acusa a Gobierno de "judicializar" la pandemia
La Junta de Andalucía ha anunciado este martes que recurrirá ante el Tribunal Supremo, mediante un recurso de casación, el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA que no ratifica la orden de la Consejería de Salud y Familias por la que se confina Montefrío. Así lo ha anunciado, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el consejero de la Presidencia y portavoz del Ejecutivo andaluz, Elías Bendodo, quien ha indicado que se va a presentar ese recurso con el fin de que puedan confluir las mismas "posibilidades y estrategias" en todo el territorio de la comunidad, sobre todo, después de que este martes se haya conocido también que, en cambio, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, sí ha ratificado el confinamiento de los municipios de Castro del Río (Córdoba) y de Bornos y Villamartín (Cádiz).
El Gobierno andaluz ha expresado su preocupación por que se hayan conocido resoluciones judiciales diferentes sobre los cierres perimetrales que había planteado para los municipios con alta incidencia de coronavirus y ha denunciado que esto se debe a la decisión del Gobierno de "judicializar" la lucha contra la pandemia tras decaer el estado de alarma. Elías Bendodo ha indicado que lo normal sería que los juzgados tomen decisiones "coherentes", pero en este caso se han encontrado "con posiciones diferentes sobre cierres perimetrales de municipios por parte de un sala de Granada y de una sala de Sevilla del TSJA". "No tiene sentido que se permita el cierre perimetral en un sitio y en otro, no", según ha señalado el consejero de la Presidencia.
Bendodo ha recordado que las comunidades, tras decaer el estado de alarma, no pueden limitar derechos fundamentales y tienen que acudir a la justicia para que ésta se pronuncie ante medidas como el cierre perimetral de un municipio. A su juicio, la comunidades se encuentran en esta situación porque el Gobierno de Pedro Sánchez ha decidido "subcontratar la gestión de la pandemia", dejando en manos de la justicia lo que él no quiere hacer.
El TSJA sí respalda el cierre perimetral en Castro del Río, Bornos y Villamartín
En contraposición al caso de Montefrío, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, sí ha ratificado el confinamiento de la localidad cordobesa de Castro del Río desde el 9 al 15 de mayo, ambos inclusive. Y la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha ratificado el confinamiento de los municipios gaditanos de Bornos y Villamartín.
En ambos casos, los magistrados aprecian la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad" de esa medida por entender que debe "prevalecer el derecho a la salud pública" ante el "alto poder de contagio" y "el grave riesgo" que existe para la ciudadanía y que determinó la declaración del Estado de Alarma. Los magistrados destacan "la importancia de los datos de contagio actualmente existentes" en estos términos municipales, que lleva a concluir que "el riesgo de expansión y pérdida de control de la situación covid es muy alto".
Las Salas exponen en sus autos que estos confinamientos persiguen "un fin constitucionalmente legítimo: proteger la salud pública de la población" de estos municipios ante la pandemia y están amparados en la normativa vigente. Junto a ello, ven una "debida proporcionalidad de las medidas en cuanto imprescindibles para garantizar la salud pública de los vecinos, erradicando el alto riesgo de contagio inminente que existiría de lo contrario".
También señalan los magistrados que "no es una restricción de movilidad absoluta", sino que es temporal y se recoge un catálogo de supuestos en los que se permiten los desplazamientos. Por todo ello, ratifican los confinamientos ordenados por la Junta en estos tres municipios después de que superaran los mil casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.