Un juzgado acuerda medidas cautelares contra la limitación de acceso al centro a los VTC
El auto asegura que esta limitación "podría suponer una vulneración de las normas de la defensa de la competencia"
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Granada ha acordado la suspensión cautelar de la instrucción del Ayuntamiento de la capital granadina para la limitación del acceso al centro de los vehículos de turismo con conductor (VTC), que "podría suponer una vulneración de las normas de la defensa de la competencia".
Así consta en el auto judicial, consultado por Europa Press, en que el juez dictamina a favor del recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación profesional Unauto VTC Andalucía contra la instrucción de servicio de la Concejalía de Movilidad, a fecha 5 de noviembre de 2018, para la tramitación de autorizaciones por los controles de accesos de los VTC al objeto de desarrollar la ordenanza de zonas de acceso restringido y carriles de circulación especialmente protegidos.
El auto, consultado por Europa Press, hace constar que el recurrente alude a la "voluntad política municipal de restringir el transporte público de viajeros en la ciudad de Granada a las VTC a favor del taxi".
Con fecha 19 de diciembre, este auto, contra el que cabe recurso, notifica que mantiene la suspensión de la instrucción "hasta que recaiga sentencia firme que ponga fin al proceso", en el que "no procede una especial condena de las costas causadas" pues "la cuestión es compleja y puede suscitar alguna duda".
En un comunicado, Unauto VTC Andalucía ha subrayado que el juez indica que la instrucción del Consistorio "no respeta la naturaleza de servicio público de los vehículos de transporte con conductor".
Esta asociación, que agrupa a la mayoría del sector en la comunidad autónoma, ha manifestado que "la instrucción municipal recurrida afectaría a los intereses, no sólo del sector, si no también de la propia ciudadanía, al no permitir la libre elección de modalidad de transporte".
Ha resaltado también el contenido del auto judicial, en tanto en cuanto "los vehículos de arrendamiento con conductor prestan un servicio al público al igual que el taxi, siendo considerado transporte público en el art. 91.1 de la Ley 16/1987". "No puede hablarse, en ningún caso, de actividad ilegal", ha agregado.
Para el presidente de Unauto VTC en Andalucía, Pablo García-Trespalacios, ha señalado que "este es un paso importante, ya que servirá como referencia para otros municipios a la hora de imponer una regulación restrictiva y que busque, de forma intencionada, beneficiar al taxi, y, sobre todo, causar perjuicio a las VTC".